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Vivienda justa
En el Título VIII de la Ley de Derechos Civiles de 1968, también conocida como Ley de Vivienda Justa, se determina que es ilegal la discriminación en la compra, venta o renta de vivienda en razón de la raza, el color de la piel, la religión o el origen nacional de la persona. El sexo se agregó como clase protegida en los años 70. En 1988, la Ley de Enmiendas de Vivienda Justa agregó el estado familiar y la discapacidad a la lista, lo cual da un total de siete clases protegidas a nivel federal. Los estatutos federales de vivienda justa se cubren en gran medida con las siguientes leyes:
- Ley de Vivienda Justa
- Ley de Enmiendas de Vivienda Justa
- Ley de Estadounidenses con Discapacidades
Los gobiernos estatales o locales pueden instituir leyes de vivienda justa que extiendan la protección a otros grupos. Por ejemplo, la Ley de Vivienda Justa de Carolina del Norte contiene las siguientes clases protegidas: raza, religión, sexo, origen nacional, condición de minusvalía, estado familiar, o "excepto según lo estipule de otro modo la ley, el hecho de que un proyecto habitacional o una propuesta de proyecto habitacional contenga unidades de vivienda accesibles a las familias o individualmente a las personas con ingresos por debajo del 80% o del ingreso promedio de la zona".
Para obtener más información, comuníquese con el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (Department of Housing and Urban Development, HUD) de Estados Unidos Oficina de Vivienda Justa e Igualdad de Oportunidad o consulte las leyes de vivienda justa del HUD.
También usted puede aprender más y buscar ayuda en el proyecto de equidad de vivienda de asistencia jurídica de Carolina del Norte (Fair Housing Project of Legal Aid of North Carolina).
Procedimiento de quejas ante el HUD
Toda persona que considere que sus derechos de vivienda han sido infringidos puede presentar una queja ante el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano por correo, teléfono o Internet a la Oficina de Vivienda Justa e Igualdad de Oportunidad:
Office of Fair Housing and Equal Opportunity
Department of Housing and Urban Development
Room 5204
451 Seventh St. SW
Washington, DC 20410-2000
(202) 708-1112 o (800) 669-9777
Procedimiento de quejas ante la Comisión de Relaciones Humanas de Carolina del Norte
En Carolina del Norte, la Comisión de Relaciones Humanas (Human Relations Commission, HRC) de Carolina del Norte acepta quejas sobre vivienda justa en la medida en que se relacionen con infracciones a la Ley de Vivienda Justa federal o a la Ley de Derechos Humanos de Carolina del Norte. Esta agencia acepta quejas sobre hechos que hayan presuntamente ocurrido en áreas no cubiertas por las agencias actuales del Programa de Asistencia de Vivienda Justa.
Las quejas se pueden presentar a la Comisión de Relaciones Humanas yendo a la sección Formularios (Forms) y llenando un Formulario de Queja por Discriminación de Vivienda, que requiere información respecto a quién estuvo involucrado en el presunto acto discriminatorio y dónde y cuándo se produjo el presunto acto discriminatorio.
Comuníquese con la Comisión de Relaciones Humanas de Carolina del Norte por correo o teléfono:
North Carolina Human Rights Commission
1318 Mail Service Center
116 W. Jones Street, Suite 2109
Raleigh, North Carolina 27699-1318
(919) 807-4420 o (866) 324-7474
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